Justificación de la adopción de la metodología a distancia y/o con estrategia de educación virtual
La educación es un factor primordial en el desarrollo humano, crucial para el desenvolvimiento en la sociedad, el cual se concreta en un proceso de formación personal, social y cultural de carácter permanente, que busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura, y cuya realización efectiva dignifica a la persona.
El municipio de Tuluá según proyecciones del DANE la población total de Tuluá para el 2022 es de 221.604 personas, y representa una densidad poblacional urbana de 11.043 personas por Km2, la población rural con 40.497 habitantes, la cobertura en educación para el trabajo y desarrollo humanos en las zona rural del municipio no existe, como tampoco en sectores aledaños a la zona rural, los ciudadanos tienen que trasladarse hasta el perímetro urbano para tener esta oferta en la mayoría de los cosas optar por no continuar sus estudios técnicos, unido a esto el municipio es un territorio en el cual llegan diferentes personas del departamento del valle, Colombia y otros países, por situaciones diversas, pero también crece de manera exponencial según cifras en un 11% al año 2022 la migración de cuídanos oriundos de Tuluá, la oferta de educación para el trabajo y desarrollo humano bajo la metodología a distancia y/o con estrategia de educación virtual es un paso para aportar a la universalización de la educación técnica y a las disminución de las brechas educativas en los sectores menos favorecidos, esta metodología se convierte en una alternativa para aquellos ciudadanos que por motivos de su trabajo en empresas, negocios se les dificulta la asistencia presencial, por razones sociales no se les posibilita el traslado hasta la cabecera municipal
La educación es un derecho fundamental según está contemplado en la Constitución Política de Colombia en su artículo 67, este se encuentra trastornado por factores como la pobreza, desigualdad, desempleo, violencia, incomunicación, contribuyendo en algunas zonas a reducir la eficiencia del sistema educativo, afectando la gestión, desmejorando la calidad, dificultando el acceso y presionando a la población para que se den altos niveles de deserción escolar.
Así, el decreto 4904 de 2009 compilado en el Decreto Único reglamentario número 1075 de 2015, Artículo 2.6.2.2, por el cual se reglamenta la organización, oferta y funcionamiento del servicio educativo concibe que la educación para el trabajo y el desarrollo humano hace parte del servicio público educativo y responde a los fines de la educación consagrados en el artículo 5° de la Ley 115 de 1994. Se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales y conduce a la obtención de certificados de aptitud ocupacional.
La educación para el trabajo comprende la formación permanente, personal, social y cultural, que se fundamenta en una concepción integral de la persona, que una institución organiza en un proyecto educativo institucional y que estructura en currículos flexibles sin sujeción al sistema de niveles y grados propios de la educación formal.
El decreto considera que la educación para el trabajo y desarrollo humano dentro de sus objetivos debe promover la formación en la práctica del trabajo mediante el desarrollo de conocimientos técnicos y habilidades, así como la capacitación para el desempeño artesanal, artístico, recreacional y ocupacional, la protección y aprovechamiento de los
De igual modo, teniendo en cuenta los diversos cambios, sociales, culturales y tecnológicos haciendo uso del Resolución 15177 de 2022, Por medio de la cual se reglamenta la metodología a distancia para la oferta y desarrollo de Programas del Servicio de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, se busca prestar un servicio educativo que llegue aquellos lugares apartados de la región y que posibilite el beneficio y la formación integral a los usuarios por medio de la metodología a distancia mediada por las nuevas tecnologías.
